Análisis

Impuestos Corporativos    

Boletín semanal | 23 de junio, 2021

Según la DIAN, en los contratos de mandato con pluralidad de mandantes, el mandatario debe practicar las retenciones en razón a la calidad de cada uno de los mandantes

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales señaló mediante Oficio 0374 del 11 de marzo de 2021, que tratándose de contratos de mandato con pluralidad de mandates, el mandatario deberá practicar las debidas retenciones en razón a la calidad de cada uno de los mandantes, y certificarlas a cada uno de ellos según la estructura del contrato celebrado.

Lo anterior teniendo en cuenta que, de conformidad con el artículo 553 del Estatuto Tributario, los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco. Por lo tanto, corresponde a las partes del contrato de mandato evaluar la conveniencia de esta figura.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Oficio No. 0374 [901949] del 11 de marzo de 2021

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