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Boletín semanal | 24 de octubre, 2022

Tribunal del INDECOPI confirma Medida Cautelar que ordena a SUNAFIL abstenerse de aplicar medidas con relación a la Tercerización Laboral del Núcleo Del Negocio.

El Tribunal de Defensa de la Competencia y la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI mediante Resolución N° 0355-2022/SEL-INDECOPI, confirmó la medida cautelar que ordenó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la SUNAFIL a abstenerse de aplicar a de modo provisional, a Cosapi Minería S.A.C las siguientes medidas:

i) La prohibición de tercerizar las actividades que forman parte del núcleo del negocio de una empresa
ii) La exigencia de considerar como desnaturalización de la tercerización cuando el desplazamiento de trabajadores por parte de la empresa tercerizadora se realiza para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio.

Asimismo, como medida cautelar de oficio, ordena que la SUNAFIL se abstenga de aplicar a cualquier administrado las medidas objeto de controversia, como ejercer actuación fiscalizadora y/o sancionadora asociados a la tercerización del núcleo del negocio, hasta que se emita un pronunciamiento definitivo en el marco del procedimiento principal seguido bajo el Expediente 000070-2022 /CEB.

Resolución No 0355 2022/SEL- INDECOPI (Fecha de Publicación: 18.10.2022)

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