Análisis

Convenio con Chile para evitar la doble imposición

5 de febrero de 2019

Ponemos en conocimiento que ya se encuentra vigente el Convenio con Chile para evitar la doble imposición.

Luego de haberse cumplido las formalidades necesarias para su vigencia, el 5 de setiembre de 2018 entró en vigor el “Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y para prevenir la evasión y elusión fiscal”, y su Protocolo.

No obstante, en lo que respecta a impuestos debidos en la fuente, las disposiciones del Convenio surtirán efecto sobre las cantidades pagadas o acreditadas a partir del 1° de enero de 2019 inclusive. Con respecto a los restantes impuestos sobre las rentas y sobre el patrimonio, será aplicable a los impuestos exigibles por cualquier período fiscal que se inicie a partir de dicha fecha.

El mencionado Convenio y su Protocolo fueron suscritos por Uruguay y la República de Chile el 1° de abril de 2016.

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