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Boletín semanal | 21 de marzo, 2024.

La vigilancia de la Superintendencia de Sociedades por ingresos o activos se determina en UVT y no en UVB.

Recientemente la Superintendencia de Sociedades ha reiterado que la causal de vigilancia por monto de ingresos o activos se determina por UVT. Al respecto, la entidad indicó:

Mediante Oficio nro. 220-020188 del pasado 12 de febrero de 2024, la Superintendencia de Sociedades aclaró las inquietudes sobre la forma de determinar la causal de vigilancia por el monto de ingresos o activos bajo su supervisión. Esta inquietud surge por la reciente introducción de la Unidad de Valor Básico (UVB) creada la Ley 2294 del 2023 del Plan Nacional de Desarrollo Colombia 2022–2026 y sobre el cual se modificaron algunas unidades de medición establecidas en el Decreto 1074 de 2015, las cuales migraron de la expresión Unidad de Valor Real (UVT) a Unidad de Valor Básico (UVB).

Sobre el particular, la entidad indicó lo siguiente:

“La determinación de los montos de ingresos y activos totales para establecer las entidades que quedaría sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, no deben calcularse en función de Unidades de Valor Básico (UVB), sino con base en lo dispuesto en el Artículo 2.2.2.1.1.1 del Decreto 1074 de 2015, esto es, con base en Unidades de Valor Tributario (UVT)”

Por lo anterior, para el año 2024, se deberá tener en cuenta el valor correspondiente a 1 UVT = COP $47.065, para determinar los activos o ingresos de las sociedades objeto de vigilancia por esta entidad. En consecuencia, las entidades que posean activos o perciban ingresos superiores a 789.390,6 UVT equivalentes a $37.152.668.589 por el periodo 2023, estarán sometidos a vigilancia por parte de la Superintendencia de Sociedades.
 

Superintendencia de Sociedades

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MinTIC presentará proyecto de ley para que Colombia sea productor de datos.

Durante el reciente 14 edición del Congreso de Acceso a Servicios Financieros y Medios de Pago – CAM organizado por Asobancaria, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia anunció la preparación de un proyecto de ley destinado a potencializar el régimen del manejo y aprovechamiento de datos en Colombia. Lo anterior, en el marco de la propuesta y la ruta definida por el ministerio para hacer de Colombia una “PotencIA Digital”.

A través de esta ley, se busca que Colombia, y en particular las entidades del Estado se conviertan en generadoras de datos. Lo anterior, con el fin de que sobre los datos generados y recopilados se puedan crear algoritmos que alimenten la Inteligencia Artificial.

Aunque aún no se conoce la versión oficial del proyecto, el ministro TIC anunció que busca estructurar, junto con Asobancaria y la Superintendencia Financiera, un repositorio de todos los datos personales de los colombianos, los cuales podrán supervisados y manejados por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) o por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), con el fin de crear Inteligencia Artificial sobre estos datos.

Se espera que el proyecto de ley traiga consigo una reforma al régimen de protección de datos personales que rige en Colombia bajo la Ley 1581 de 2012. Adicionalmente, abre la posibilidad de ampliar las funciones de inspección de las autoridades administrativas para el control, manejo y sanción sobre diferentes entes públicos o privados por violación al régimen de protección de datos personales en Colombia.
 

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTIC.

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