Análisis

Decreto 1403 de 2024

El 20 de noviembre de 2024 el Ministerio de Minas y Energías publicó el Decreto 1403, el cual tiene como objetivo realizar modificaciones al Decreto 1073 de 2015.

Los cambios introducidos en el Decreto 1403 permiten que los autogeneradores y productores marginales utilicen el Sistema Interconectado Nacional (SIN) eliminando barreras regulatorias y fomentando el uso de energías renovables.

En el artículo 2.2.3.2.4.3. del decreto, se determinan los parámetros específicos para ser considerado autogenerador o productor marginal, destacando los siguientes:

  1. La energía eléctrica producida por los autogeneradores y/o productores podrá utilizar los activos del Sistema de Transmisión Nacional (STN) y/o los sistemas de distribución para su propio consumo.
  2. Podrá superar en cualquier porcentaje al valor de su consumo propio, la cantidad de energía sobrante o excedente.
  3. Dar cumplimiento a la regulación establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
  4. El autogenerador a gran escala o el productor marginal a gran escala cuente con representación comercial.

Adicionalmente, el artículo 2.2.3.2.4.11 describe cambios encaminados a liberar las condiciones de participación de los autogeneradores y productores marginales que no inyectan excedentes de energía.

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Decreto 1403 de 2024 | PDF 3 págs. Diciembre 2024
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