Análisis

Una guía sobre el nuevo Decreto 390 de 2024 de beneficios por colaboración

La corrupción es un fenómeno que amenaza a los sectores público y privado en su día a día, por lo que, el Estado colombiano ha llevado a cabo una serie de medidas encaminadas no solo a prevenir la corrupción desde el sector público, sino que se encuentra en la búsqueda constante de fortalecer la integridad empresarial y combatir prácticas corruptas.

Por lo anterior, el Gobierno nacional a través del Decreto 390 de 2024, introdujo una nueva regulación dirigida a señalar los requerimientos que debe cumplir la presentación de pruebas o información por parte de los involucrados en el proceso sancionatorio adelantado por la comisión de la infracción administrativa de soborno transnacional y su responsabilidad por actos de corrupción, de la Superintendencia de Sociedades.

El Estado colombiano, a través de sus diferentes órganos, ha dictado una serie de normas dirigidas a la regulación del proceso administrativo sancionatorio, el cual es procedente siempre y cuando se cumpla lo dictado en el artículo 2 de la Ley 2195 de 2022, que modifica el artículo 34 de la Ley 1474 de 2011.

Igualmente, el decreto establece que cualquiera de las partes involucradas podrá elevar la respectiva solicitud. Lo anterior, para aclarar que, si son varios infractores los que elevan la solicitud, de acuerdo con el artículo 2.2.2.1.5.8. del decreto, la Superintendencia deberá tener en cuenta no solo los criterios establecidos en el artículo 19 de la Ley 1778 de 2016, sino la fecha y hora de recepción de las solicitudes, lo cual será tenido tomado en cuenta por la Superintendencia para la graduación del porcentaje de exoneración que será reconocido en las sanciones a imponer.

Conozca la guía que hemos construido sobre el nuevo Decreto 390 de 2024 aquí.
 

Decreto 390 de 2024 de beneficios por colaboración | PDF. 5 págs. Junio 2024.
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