No todos los datos de la hoja de vida son reservados ni sensibles Ha sido salvado
Análisis
No todos los datos de la hoja de vida son reservados ni sensibles
Conozca los aspectos relevantes en materia de peticiones de revelación de datos personales de trabajadores.
La reciente sentencia T-254 de 2024 de la Corte Constitucional analizó las inquietudes relacionadas con el adecuado tratamiento y conservación de los datos personales, especialmente los que se encuentran en las hojas de vida de los trabajadores, lo anterior para aclarar la naturaleza de estos y bajo qué términos se pueden compartir a través del ejercicio del derecho de petición.
Hay que aclarar que para los trabajadores será reservada la información que involucre “derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica”.
Para aclarar lo relacionado a la naturaleza de los datos personales, la Ley 1581 de 2012 establece las siguientes categorías:
- Datos públicos
- Datos semiprivados
- Datos privados
- Datos sensibles
Le invitamos a conocer qué pasa cuando a través del mecanismo de derecho de petición solicitan la revelación de datos personales de los trabajadores y qué hacer, en el documento generado por el equipo de Deloitte Legal – clic aquí.
No todos los datos personales son reservados, solo será reservada la información a la que la Constitución y la ley expresamente le otorguen dicha categoría.
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