Análisis

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 9 de febrero, 2021

DIAN modifica Concepto Unificado sobre Garantías en materia aduanera

Fue publicado el Concepto Unificado 100202208-027, a través del cual la DIAN modifica el Concepto Unificado 631 del 09 de diciembre de 2020 y recopila la doctrina relacionada con el deber de los usuarios aduaneros de constituir una garantía que ampare el cumplimiento de sus obligaciones aduaneras y la obligación de suscribir contrato de seguro con una compañía de seguros o
constituir una garantía ante una entidad bancaria.  

El Concepto Unificado incluye entre otros, las definiciones relacionadas con la constitución de garantías, los tipos de garantías que se constituyen ante la DIAN, los casos que no requieren de constitución de garantía, su efectividad, consideraciones sobre las garantías de pleno derecho e incluye como novedad el pronunciamiento de la Entidad respecto de la figura de Usuarios Aptos que trajo consigo el Decreto 1206 del año 2020.  

Entre tanto la DIAN revoca el Concepto 631, y elimina las apreciaciones que había realizado sobre el mercado asegurador, en lo referente al siniestro para el caso de incumplimiento de obligaciones aduaneras, las condiciones en que actúan las aseguradoras en los procesos administrativos y en los procesos que se adelanten ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100202208-027 del 3 de febrero de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100202208-027 del 3 de febrero de 2021

Banco de la República modifica Circular Reglamentaria Externa DCIN – 83 de 2018

El Banco de la República ha emitido el Boletín No. 06 con el cual modifica la Circular Reglamentaria Externa DCIN – 83 de 2018.  

En efecto, la Entidad establece que cuando la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público participe en los sistemas de negociación de operaciones sobre divisas autorizados, la información que sea transmitida al Banrep por los sistemas de negociación y registro de operaciones sobre divisas autorizados de conformidad con la Circular Reglamentaria Externa DOAM – 317, hará las veces de la declaración de cambio.  

Y, finalmente el Banco consagra que no será necesario informar los numerales 5900 “Venta de divisas para consignar en cuentas de compensación de la Dirección del Tesoro Nacional (DTN)” y “5370 Compra de saldos de cuentas de compensación de la Dirección del Tesoro Nacional (DTN)” en el literal D. “Identificación del Titular (Contraparte) Vendedor o Comprador o Imc – Identificación del Titular Contraparte de una Operación Interna” del Formulario Número 10.  

Banco de la República - Boletín No. 06 del 1 de febrero de 2021

Banco de la República - Boletín No. 06 del 1 de febrero de 2021

Desde el 01 de febrero hasta el 30 de abril, las empresas registradas titulares de registros de venta de insumos agrícolas, importadores y exportadores, deberán reportar comercialización de 2020 en el SIRIA

El Instituto Colombiano Agropecuario informa a las empresas registradas que sean titulares de registros de venta de insumos agrícolas que hasta el 30 de abril podrán reportar las estadísticas de la comercialización del año 2020 en el aplicativo SIRIA que dispone la Entidad para simplificar dichos trámites.  

La actividad podrá realizarse en el link de Registro de empresa por primera vez: http://siria.ica.gov.co/rues/crearempresa o para el registro de la información estadística: http://siria.ica.gov.co/ para lo cual los usuarios deberán tener en cuenta que hay tres categorías: Insumos Fertilizantes, Bioinsumos y Plaguicidas y que a su vez cada categoría cuenta con tres formatos en importación, producción y exportación.  

Los usuarios podrán consultar el comunicado No. 01-2021 del ICA que contiene las recomendaciones y aclaraciones del aplicativo SIRIA y podrán comunicarse a los correos sara.hurtado@ica.gov.co y jean.monsalve@ica.gov.co para resolver inquietudes.  

Instituto Colombiano Agropecuario, ICA - Comunicado No. 01-2021 del 1 de febrero de 2021

Instituto Colombiano Agropecuario, ICA - Comunicado No. 01-2021 del 1 de febrero de 2021

Directores Seccionales de la UAE de la DIAN tendrán nuevas funciones

La DIAN modifica y adiciona la Resolución 5282 de 19 de julio de 2019, consagrando que los Directores Seccionales de la UAE podrán realizar ante las autoridades u organismos competentes los trámites necesarios para obtener permisos, certificaciones o autorizaciones requeridas para la disposición de mercancías aprehendidas, decomisadas, abandonadas, o adjudicadas en procesos de cobro coactivo o procesos concursales, a favor de la Nación.  

Adicionalmente, podrán realizar los trámites administrativos y/o judiciales, necesarios para la tradición, matrícula y/o traspaso de la propiedad de vehículos automotores, tractores, velocípedos, naves, aeronaves y/o maquinaria amarilla, que hayan sido aprehendidas, decomisadas, abandonadas, o adjudicadas en procesos de cobro coactivo o procesos concursales y verificar que el comprador o el donatario de dichas mercancías, realice ante las autoridades competentes, dentro del plazo establecido las solicitudes y demás diligencias necesarias.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 00008 del 1 de febrero de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 00008 del 1 de febrero de 2021

Hasta el 1 de marzo podrán informar las ventas exentas de IVA realizadas el 21 de noviembre de 2020 (día sin IVA)

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales reitera a los responsables de IVA, que realizaron ventas exentas el pasado 21 de noviembre de 2020, de conformidad con el Decreto 1474 del 19 noviembre de 2020, que tienen la obligación de informar las ventas realizadas hasta el 1 de marzo de 2021, según lo establece la resolución 000106 del 27 de noviembre de 2020, modificado por la resolución 000116 del 24 de diciembre de 2020 hasta el 1 de marzo de 2021.  

Para enviar y entregar la información, los usuarios deberán emplear, el Prevalidador Información Ventas con Exención IVA dispuesto en el portal web de la DIAN en https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx.

 

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa del 29 de enero de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa del 29 de enero de 2021

Publicado listado de CEPDs válidos para la importación de motocicletas

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales publica en su página web el listado de CEPDs válidos para la importación de motocicletas, según lo dispuesto en la Ley 1972 de 2019 que establece en su artículo 6 que "a partir del 1° de enero de 2021 todas las motocicletas que se fabriquen, ensamblen o importen para circular por el territorio nacional deberán cumplir con los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes al aire correspondiente a Euro 3, su equivalente o superior".  

Las inquietudes o comentarios que se tengan al respecto podrán dirigirse al buzón licencias@anla.gov.co por su parte, el listado de CEPDs podrá consultarse en la el siguiente link:  http://www.anla.gov.co/documentos/permisos_y_autorizaciones/31-12-2020-anla-Listado CEPDs Validos.pdf

 

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA - Comunicado del 1 de enero de 2021

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA - Comunicado del 1 de enero de 2021
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